Perito Propiedad Intelectual Madrid ☎ 627412775: ¿Qué es el derecho de autor? – Perito experto en peritaciones de Propiedad Intelectual Madrid en obras audiovisuales, composiciones musicales, libros, obras teatrales, esculturas, obras de pintura, cinematográficas, fotografías
El Perito en Propiedad Intelectual Madrid https://peritopropiedadindustrial.com/ debe tener presente que, el derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita.
Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como “derecho de copia”) que por lo general comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos patrimoniales).
El Perito Judicial en Propiedad Intelectual en Madrid, tiene que saber que los términos copyright y derecho de autor, han ido convergiendo hasta convertirse en sinónimos. Tanto es así que el diccionario de la R.A.E., en su avance de la vigésimo tercera edición, incluye la palabra “copyright” como derecho de autor, y éste a su vez es: “El que la ley reconoce al perito autor de la una obra de propiedad intelectual o artística para autorizar su reproducción y participar en los beneficios que esta genere”.
Por su parte, una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor. El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna. Muchos países han extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en el Derecho europeo, son 70 años desde la muerte del autor. Una vez pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.
Junto a los derechos de autor se encuentran los denominados derechos afines, conexos o vecinos, entre los que se mencionan los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión .
La legislación española sobre el derecho de autor sigue el modelo del sistema jurídico latino continental, cuyas principales raíces se encuentran en el derecho francés y en menor medida, en el germánico. El perito de propiedad intelectual Madrid debe regirse por un conjunto de normas y principios que regulan, por un lado, los derechos morales y, por otro, los patrimoniales que la ley concede a los autores por el simple hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica.
Por su parte, el perito de propiedad intelectual Madrid cuenta con que las obras protegidas por el derecho de autor son muy variadas. En términos generales, cualquier creación original artística, literaria o científica expresada por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro de la Propiedad Intelectual en Madrid, tal y como establece el artículo 10 de la LPI. Esta declaración genérica es completada por una lista de obras protegidas, que aun siendo bastante completa, tiene carácter meramente ilustrativo, es decir, cualquier otra obra estará protegida también, aunque no esté en esta lista, si se trata de una creación original artística, literaria o científica. Por otra parte, el título de una obra, cuando sea original, quedará protegido como parte de ella.
Además de las obras originales en el sentido más estricto también se protegen las denominadas obras derivadas, es decir, aquellas que son el resultado de las transformaciones de otras obras preexistentes. Los ejemplos más habituales son las traducciones y adaptaciones; las revisiones, actualizaciones y anotaciones; los compendios, resúmenes y extractos; y los arreglos musicales (artículo 11 de la LPI). La razón de su protección es que su elaboración exige esfuerzo creador.